Devolución clausula suelo desde Mayo 2.013 !Ojo con el calculo que hacen los bancos!
Cuando existe sentencia a favor de la devolución de la cláusula suelo desde Mayo de 2.013, estamos comprobando que en los casos que el banco realiza la liquidación, esta no corresponde con lo que dicta el tribunal.
Ya que no recalculan el préstamo como si no hubiese existido la clausula suelo, tal como indica el fallo del TS de mayo de 2.013, sino que toman como referencia el capital pendiente a fecha de mayo de 2.013.
Esto supone una diferencia notable que deja de recuperar el cliente si da por buena la liquidación que presenta el banco.
En la hoja excell que adjunto, se puede comprobar como en un caso real la diferencia a favor del cliente superaban los 2.500 euros
El caso en cuestión es sobre un préstamo con las siguientes condiciones:
Importe: 200.000,-Euros
Fecha concesión: Mayo 2.008
Plazo: 20 años
Interés 1º año: 4,9%
Revisión: anual
Referencial: Euribor
Diferencial: 1%
Suelo: 3,5%
El fallo de la sentencia indicaba que:
«debo condenar y condeno a la demandada al pago a favor de los demandantes de la diferencia entre las cantidades que haya pagado desde el 9 de mayo por aplicación de la referida clausula y las cantidades que se hubieran debido abonar sobre la base de recalcular los pagos segun las condiciones pactadas de no haber existido la clausula que se deja sin efecto»
Por lo que el importe del capital pendiente que habría que tomar en Mayo de 2.013 seria 160.580 euros ( sin clausula suelo), y no el que toma el banco que es de 163.085 ( con clausula suelo).
La diferencia a favor del cliente en este caso seria de 2.612,44 euros
Por lo que es recomendable siempre realizar el cálculo y no dejar que lo haga el banco.
Si tiene alguna duda consúltanos, o solicita un informe pericial, enviando un mail a:
info@youbank.eu

En caso de estar en periodo de carencia, ¿Como lo calcularíamos? Gracias!
Tengo dos hipotecas, una con bankia y otra con el bco popular. Me gustaría reclamar lo que me han cobrado de más. Que debo hacer???
Que coste tiene que calculen si me están cobrando lo que corresponde y cuánto me tienen que devolver por la cláusula suelo
Buenos días,yo tengo cláusula suelo pero al no ser para compra de vivienda me dicen que no tengo derecho a
Leyendo este artículo me acabo de dar cuenta de que a mi me pasó eso. Les gané el juicio en mayo de este año.
Estaría todavía a tiempo de reclamarles lo devuelto de menos?
Por supuesto,si la liquidación no es correcta puedes reclamarlo
El coste de un informe pericial es de 150 euros ( Iva incluido)
Envianos las escrituras escaneadas a info@youbank.eu y te lo analizamos
En el periodo de carencia solo pagas intereses.
Hola, buenos días.
Quisiera reclamar. Tengo una hipoteca desde el 2006. Por un monto de 216.000€.
He tenido la cláusula suelo hasta el 2013.
Cuáles son los pasos a seguir , el proceso, y los costo que esto me supondría?
Gracias
¿Se podría realizar el cálculo sin tener en cuenta el suelo antes de mayo de 2013 y añadiéndole la diferencia de capital que queda tras la eliminación de la cláusula suelo?, es decir, reclamar la diferencia de intereses tal y como lo calcula el banco y sumarle la diferencia de capital pendiente al día de la liquidacion
Se puede y se debe, incluso deberias calcular cual seria el capital pendiente de amortizacion a mayo de 2.013 sin la aplicacion de la clausula suelo, para recalcular las cuotas a partir de dicho importe.
Importe que es menor del que suele utilizar el banco, por lo que las cuotas a pagar tambien resultarian de menor importe.
Puedes verlo pinchando en el siguiente enlace:
https://lacalleconsultores.com//gestionamos-reclamacion-clausula-suelo/
o bien llamandonos al 619072642
Le he ganado a Unicaja la demanda de clausula suelo, después de un tiempo me han devuelto un importe (sin aportar estos desglose de dicha liquidación) y en la cuota mensual me han quitado la clausula y el importe ha bajado. Mi presunta es que he notado entre el ultimo recibo con clausula y el primero sin clausula que el entre el capital restante del recibo con clausula al de sin clausula hay una diferencia de menos 3800 euros que me han aplicado , y la verdad es que no entiendo si esa bajada en el capital me la habrán restado del importe que me han devuelto.
Si quieres envíanos a info@youbank.eu la liquidación que te han hecho y te analizamos si es correcta.
De acuerdo , les mandare los datos que tengo a la direccion de correo.
Muchas gracias José por el labor que haces.
Mi duda se refiere a los intereses de los intereses, es decir, que tipo de interés tenemos que aplicar a las diferencias de cuota mensuales que se van generando: en mis escrituras se establece un 18% de interés de demora para el caso de que yo sea el deudor, ¿puedo aplicar a mi banco ese mismo porcentage o debo aplicar unicamente el tipo interes legal vigente en cada momento? ¿Una vez elegido el tipo de interés a aplicar, debo aplicar tipo de interés simple o compuesto?
Muchas gracias.
Depende si lo que pretendes es un acuerdo extrajudicial o pretendes calcular el interés legal tras una sentencia del juzgado.
En caso de un acuerdo extrajudicial tendría todo el sentido proponer un interés similar al que cobraría el banco en tu caso el 18%
Si lo que quieres calcular es el interés legal tienes que tener en cuenta la evolución del mismo que actualmente esta en el 3%
Tabla tipos de interés legal
Año Porcentaje anual
1995 9,00
1996 9,00
1997 7,50
1998 5,50
1999 4,25
2000 4,25
2001 5,50
2002 4,25
2003 4,25
2004 3,75
2005 4,00
2006 4,00
2007 5,00
2008 5,50
2009 hasta marzo 5,50
2009 desde abril 4,00
2010 4,00
2011 4,00
2012 4,00
2013 4,00
2014 4,00
2015 3,50
2016 3,00
Buenas tardes Jose, muchas gracias por esta información tan útil, que no entiendo porqué no aparece en ningún sitio. En Bankia están ahora practicando la devolución de la cláusula suelo anunciada con bombos y platillos, pero me temo que están haciendo esto que usted explica. Además no se si regularizan el capital amortizado si no tuvieras la cláusula. Para ello he solicitado personalmente en mi sucursal el cuadro de amortización de mi hipoteca con cláusula suelo (este me lo han dado) y el cuadro sin cláusula suelo (este me dicen que no tienen acceso). Me podría facilitar el excel para hacer dichos cálculos y no depender de que me lo envien? Cree que si lo solicito por escrito me lo tienen que facilitar? Por que no me lo facilitan si quieren hacer las cosas tan bien supuestamente?
Gracias.
Muchas felicitaciones por tanta informacion y tan precisa. Mi duda es con respecto al tipo de interes del dinero que deben pagar.¿ Que cantidad se coge para aplicarle el interes legal ?. Me explico . Si en el 2010 la diferencia a mi favor es de 300 euros, del 2011 400 , del 2012 600 y del 2013 800. ¿ como se calcularia ?. (300 * 0.04) + (400 *0.04) + (600 *0.04) + (800 *0.04) ¿ó serian acumulativos ? (300*0.04) + (700*0.04) + (1300*0.04) + (2100 *0.04 ).
Saludos y muchas gracias¡¡
Para calcular el interes de demora de cada mes debes de tener en cuenta lo siguiente:
– Interes de demora a aplicar : si utilizas el interes pactado en la escritura o el interes legal.Este ultimo es publico y habria que aplicarlo en cada mes el que corresponda.
– Numero de dias transcurridos
– Diferencia de intereses ordinarios de cada mes con y sin clausula suelo
y dividirlo entre 365 dias.
La suma de todos los intereses de demora mensuales te daria el importe total que deben devolverte.